SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2016-S3

Fecha: 06-Abr-2016

Fragmento 26

Antes de ingresar al análisis del caso concreto propiamente dicho, debe aclararse que esta acción tutelar no está regida por el principio de inmediatez, al que se refiere la Jueza de garantías en su decreto de 17 de noviembre de 2015, cursante a fs. 148 y vta., por lo que en este caso, la fecha de presentación de los recursos de alzada y jerárquico (Conclusión II.6.) es irrelevante, puesto que conforme se señaló en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, el cumplimiento de una disposición no caduca con el tiempo.