SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0470/2016-S3
Fecha: 27-Abr-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La empresa accionante a través de su representante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso en su vertiente de “seguridad jurídica” y legalidad, a la defensa a la propiedad privada, a la presunción de inocencia y a la doble instancia; por cuanto, la AGIT emitió la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1063/2015, que dispuso revocar totalmente la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0269/2015, en consecuencia, mantener firme y subsistente la Nota 06-4241-2014, mediante la cual el SIN le conminó al pago de una deuda proveniente de títulos de ejecución prescritos, rectificados o cancelados, pretendiendo además aplicar retroactivamente la Resolución Normativa de Directorio 10-0008-2014 -procedimientos de disposición de bienes en etapa de ejecución tributaria o cobro coactivo-, con el argumento de que la nota de conminatoria no constituye un acto vulneratorio al procedimiento de ejecución, menos al debido proceso o derecho a la defensa del contribuyente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- b) No se puede, a través de otro amparo, impugnar o cuestionar decisiones de autoridades o personas particulares emergentes de resoluciones de defensa (incluye a la decisión de los jueces o tribunales de garantías y la del Tribunal Constitucional Plurinacional).
- la SC 0473/2003-R de 9 de abril, sostuvo que toda decisión asumida (por una autoridad o persona particular) en estricto cumplimiento de un una resolución constitucional (emitida por el Tribunal de garantías o Tribunal Constitucional) es inimpugnable a través de otra acción de defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- nota
- De la relación efectuada, se evidencia que en cumplimiento de la Resolución 40/2014, que en revisión fue revocada, la Directora Ejecutiva Regional a.i. de la ARIT La Paz, emitió la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0269/2015
- REVOCAR