Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0474/2016-S3
Fecha: 25-Abr-2016
II.6.
II.6. Por memorial presentado el 24 de noviembre de 2015, el ahora demandado interpuso recurso de revocatorio contra la conminatoria J.D.T.T. 337/15 solicitando, su revocatoria total debiendo quedar la misma en efecto suspensivo hasta que se agoten todas las instancias legales, así como dictar nueva Resolución administrativa y no elevar denuncia ante el juzgado laboral por transgresión a la ley social (fs. 99 a 100 vta.)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas
- III.2.1.
- III.2.2.
- REVOCAR