SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2016-S3

Fecha: 25-Abr-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Sonia Sulma Bravo, Víctor Pedro Torrico Vargas, Guillermina Arratia de Inca, Susana Patzi Rodríguez, Jannet Choque Vila, Edwin Fernández Chirinos y Limbert Apaza Calizaya por la presunta comisión del delito de estafa, fue detenida preventivamente a raíz de la Resolución 588/2015 de 13 de noviembre, misma que habiendo sido apelada mereció Auto de Vista 193/2015 de 30 de igual mes, por la que se revocó la Resolución del Juez a quo, otorgándose a su favor medidas sustitutivas, entre ellas, la detención domiciliaria con un escolta que sería proporcionado por el Centro de Orientación Femenina Obrajes, a tal efecto, fue emitido el oficio cite: OF-1401/2015 de 9 de diciembre, ante dicho Centro; sin embargo, a través de la nota cite: OF. 665/2015 la Directora de esa entidad dio a conocer que no cuenta con efectivos policiales suficientes para dar cumplimiento a lo requerido.

Ante esa imposibilidad, el 15 de diciembre de 2015, solicitó la modificación de medida cautelar, señalándose audiencia mediante decreto de 16 del mismo mes y año, emitido por Dina Yenny Larrea López, Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz -hoy demandada- en suplencia legal de su similar Primero, señaló audiencia a celebrarse el 22 de igual mes y año, actuado que no se llevó a cabo por falta de notificaciones, fijándose nuevo día y hora para la modificación de la medida cautelar, así como para la revocatoria de la misma para el 4 de enero de 2016, bajo el principio de concentración de los actos procesales.