SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0592/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0592/2016-S2

Fecha: 21-Abr-2016

iii) Reparador

iii) Reparador, cuando puede plantearse para reparar una lesión ya consumada, en los supuestos en que se verifique una detención ilegal o injusta, sea directamente o como consecuencia de un procesamiento indebido, al constatarse que las lesiones al debido proceso se constituyen en la causa directa para la restricción del derecho a la libertad física o de locomoción. Supuestos de procedencia que se encuentran previstos en los precitados artículos del párrafo anterior, cuando hacen referencia al ilegítimo procesamiento y privación de libertad, y que en la doctrina reciben el nombre de hábeas corpus reparador; y en su caso, traslativo o de pronto despacho” (lo resaltado no corresponde al texto original).