AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2016-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2016-O

Fecha: 23-May-2016

I.1. Contenido de la queja

En calidad de propietarios del terreno que se encuentra ubicado en la zona sud este km. 7 hacia el Barrio San Antonio de Santa Cruz, inscrito en Derechos Reales (DD.RR.), ante un avasallamiento a su predio acudieron a la justicia constitucional y lograron la tutela ratificada por el Tribunal Constitucional que mediante SC 1633/2011-R de 21 de octubre, concede la tutela. Empero, desde esas fechas no pueden ejecutar el fallo por un ardid de los demandados quienes utilizan a otras personas para no desocupar el predio, de tal manera que incluso estas personas se han apersonado en etapa de ejecución de la Resolución de la acción de amparo constitucional que a sabiendas de la tutela al derecho propietario se niegan a desocupar y resulta que el Tribunal de Garantías dio lugar a dichos apersonamientos, y es más, mediante la Resolución 173/2015 de 10 de junio, que ahora impugnan, se niega a librar mandamiento contra los ocupantes, señalando que sea sólo contra los demandados, cuando es de su conocimiento de que ello es su modus operandi, para el incumplimiento del fallo constitucional que tiene la calidad de cosa juzgada y efecto vinculante.