AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2016-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2016-O

Fecha: 23-May-2016

Un entendimiento contrario generaría una disfunción en etapa de ejecución de fallos, de tal manera que con este ardid, producto del avasallamiento y el tráfico de sujetos avasalladores que actúan en turba, sustituyéndose a sí mismos, lo cual es una realidad y una verdad material que se da como métodos de esta clase de medidas de hecho, convertirían a las sentencias constitucionales -en estos casos de avasallamientos- de imposible cumplimiento o inejecución de las mismas, provocando un círculo vicioso sin fin

Dichas medidas, alcanzan el libramiento de mandamiento de desapoderamiento contra los demandados y quienes estén en posesión a raíz de dicho avasallamiento, sin que puedan plantear oposición alguna y mucho menos quitar eficacia al fallo constitucional que tiene efecto vinculante. Un entendimiento contrario generaría una disfunción en etapa de ejecución de fallos, de tal manera que con este ardid, producto del avasallamiento y el tráfico de sujetos avasalladores que actúan en turba, sustituyéndose a sí mismos, lo cual es una realidad y una verdad material que se da como métodos de esta clase de medidas de hecho, convertirían a las sentencias constitucionales -en estos casos de avasallamientos- de imposible cumplimiento o inejecución de las mismas, provocando un círculo vicioso sin fin.