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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0418/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0418/2016-S2

    Fecha: 03-May-2016

    II.4.

    II.4.  Mediante Auto de Vista 449/2015 de 20 de noviembre, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca    -hoy codemandados- declararon improcedente la apelación formulada por el coimputado Jorge Jesús Justiniano Méndez, manteniendo incólume la Resolución que denegó la cesación de su detención preventiva (fs. 127 a 134).

    • acción de libertad
    • porque ostentan la condición de Directivos Ejecutivos
    • Está ligado a la negativa sobre la notario que supuestamente participó dando fe pública de la elección, empero, en lo que atinge a este riesgo no se ha demostrado que los imputados hayan a través de terceros influenciado a la misma o que tenga posibilidades objetivas de hacerlo, no concurriendo el riesgo analizado para ninguno de los imputados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3
    • II.4.
    • III.1.  Alcance y finalidad de la acción de libertad
    • III.2.  Procedencia de la acción de libertad
    • Fragmento 14
    • III.3.  El deber de fundamentación de las resoluciones que impongan o modifiquen medidas cautelares y las que se pronuncien en el recurso de apelación
    • III.4.
    • CONFIRMAR

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