SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2016-S2
Fecha: 05-May-2016
III.3. Análisis del caso en concreto
Lo expuesto en los Fundamentos Jurídicos precedentes, es aplicable a la problemática de exégesis, en la que se advierte que los accionantes, denuncian la vulneración de sus derechos a la petición, al debido proceso en su componente fundamentación y al juez natural; conforme a los hechos fácticos debidamente precisados en el presente apartado.
De la lectura de los documentos aparejados al expediente, se advierte que los accionantes denuncian la ilegal emisión de dos Resoluciones; la primera referida al Auto Interlocutorio 159 de 21 de octubre 2014, y la segunda al Auto de Vista 435 de 21 de julio de 2015, solicitando que se dejen sin efecto y que en su lugar se dicten unos nuevos; en base a ello corresponde realizar un análisis de los mismos, con el objeto de establecer si son ciertas las denuncias efectuadas por los impetrantes de tutela.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso y sus alcances
- III.2.1. El debido proceso y el derecho a la motivación y fundamentación
- III.2.2. El principio de congruencia como un elemento configurador del debido proceso
- III.3. Análisis del caso en concreto
- III.3.1. Actuación del Juez de primera instancia
- i)
- a) Por incongruencia omisiva