SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0474/2016-S1
Fecha: 04-May-2016
ñandereko
El Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, se funda en la pluralidad y pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país. En ese contexto la institucionalidad del Estado Plurinacional debe superar con creces la estructura colonial, y a base del esfuerzo individual y colectivo, todos los órganos e instituciones del poder público, deben promover los principios rectores de la vida en comunidad como el: suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida armoniosa) tekokavi (vida buena), ivimaraei (tierra sin mal) y qhapajñan (camino o vida noble), así como ama quilla, ama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso, ni seas ladrón), que son también esencia de la nueva administración pública, en aras de garantizar el bienestar, el desarrollo, la seguridad, la protección e igual dignidad de las personas, las naciones, los pueblos y las comunidades, y fomentar el respeto mutuo y el diálogo intracultural, intercultural y plurilingüe.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.
- ñandereko
- celeridad
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.3.
- III.4.
- III.5. El procedimiento de conminatoria sobre reincorporación laboral en la vía administrativa y su cumplimiento en sede constitucional
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR