Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0485/2016-S2
Fecha: 13-May-2016
I.2.1. Ratificación de la acción
La parte accionante, en audiencia, ratificó in extenso los extremos vertidos en el memorial de acción de amparo constitucional e incidió en que después de la reincorporación, su defendido no recibió un trato digno, sino discriminatorio, pues sin tomar en cuenta su derecho a la seguridad industrial, le hicieron limpiar baños, aclarando que no es el trabajo indigno, sino la forma en la que lo obligaron a hacerlo, sin otorgarle protección y las herramientas e implementos necesarios, con el afán de aburrirlo y que éste se vaya.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Marco constitucional y jurisprudencial sobre el derecho fundamental a la estabilidad laboral
- El principio protector.
- El principio de la estabilidad laboral.
- En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea…
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo