Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0485/2016-S2
Fecha: 13-May-2016
II.3.
II.3. Mediante Informe BCT 45/15 de 21 de mayo de 2015 de Reincorporación Laboral, el Inspector de Trabajo de El Alto, indicando como hechos probados la desvinculación ilegal del trabajador denunciante, que los acuerdos transaccionales suscritos entre el trabajador y la institución, así como la sentencia emitida por el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de El Alto, no estaban siendo cumplidas, y, que la representación al pre aviso efectuado por ASSANA no tiene respuesta a la fecha de celebración de la audiencia, recomendando emitir conminatoria de reincorporación a favor de Freddy Isidoro Daza Vargas (fs. 10 a 11).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Marco constitucional y jurisprudencial sobre el derecho fundamental a la estabilidad laboral
- El principio protector.
- El principio de la estabilidad laboral.
- En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea…
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo