SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0497/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0497/2016-S2

Fecha: 13-May-2016

concedió en parte

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 027/2015 de 26 de noviembre, cursante de fs. 166 vta. a 171 vta., por la que concedió en parte la tutela solicitada únicamente respecto a los Vocales demandados, disponiendo dejar sin efecto el Auto de Vista 204/2015, ordenando se emita nueva resolución en base a los siguientes fundamentos: a) En el Auto Complementario de 5 de agosto de 2015 que fuera apelado y resuelto luego por el Auto de Vista 204/2015, los apelantes han reclamado de que no puede inmiscuirse un tercero, resolviendo los Vocales demandados sin lugar el recurso de apelación incidental; b) El hecho de que Andrea Rojas Barbolín de Lopez haya sabido o no del proceso es irrelevante, puesto que las partes deben dar los nombres; c) No todo es absoluto, ni lo que diga la víctima o el imputado, ni lo que diga un testigo, siempre hay que colectar documentos o pruebas en aplicación del principio de verdad material; d) Las autoridades superiores no han corregido procedimiento, no lo han subsanado y no han ordenado que la Jueza modifique el Auto Complementario y que aclare si en el proceso de reparación hay codemandados; y, e) Una persona no puede ser sancionada sin haber sido oída ni escuchada en un juicio previo y en la reparación debió incluirse a la hoy accionante.