SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0499/2016-S3
Fecha: 03-May-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 41/2015 de 31 de diciembre, cursante de fs. 247 a 251, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Silvia Susana Quispe Cochi, Roberto Carlos Quispe Suaznabar, Emiliana Fuentes Poma, Claudia Mamani Quelali, Eugenia Sandra Paxi Mauricio, Yhoselin Bolivia Espinoza Apaza contra Lourdes Nancy Cabrera Aliaga, Secretaria General; Águeda Choque Marzo, Secretaria de Relaciones; Elena Khapa de Condori, Secretaria de Hacienda; Edwin Grover Quispe Cusiquispe, Secretario de Actas; Yrene Castro Baltazar, Secretaria Fiscalizadora; Lucía Apaza Apaza y Hortencia Chávez de Mújica; Dirigentes de la Asociación de Comerciantes Minoristas en Artículos Varios “18 de Mayo”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.
- salvo se demuestre necesidad de tutela inmediata ante la justicia constitucional
- requiere de la demostración de la inminencia e irreparabilidad del daño o que el medio de defensa que se tiene expedito resulte ineficaz
- III.2. Análisis del caso concreto
- que autorizó el asentamiento estrictamente provisional de seiscientos trece puestos a favor de la Asociación de Comerciantes Minoristas en Artículos Varios “18 de Mayo”
- CONFIRMAR