Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0499/2016-S3
Fecha: 03-May-2016
III.2. Análisis del caso concreto
De los antecedentes puestos a consideración de este Tribunal, los accionantes alegan que encontrándose en sus puestos de venta, fueron retirados de manera violenta por un tumulto de personas a la cabeza del Directorio de la Asociación de Comerciantes Minoristas en Artículos Varios “18 de Mayo” -hoy demandados- quienes a través de medidas de hecho los obligaron a retirarse y suspenderlos de sus actividades cotidianas, sin exponerles las razones por las cuales estaban siendo expulsados de sus fuentes laborales; restringiéndoles sus derechos y garantías constitucionales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.
- salvo se demuestre necesidad de tutela inmediata ante la justicia constitucional
- requiere de la demostración de la inminencia e irreparabilidad del daño o que el medio de defensa que se tiene expedito resulte ineficaz
- III.2. Análisis del caso concreto
- que autorizó el asentamiento estrictamente provisional de seiscientos trece puestos a favor de la Asociación de Comerciantes Minoristas en Artículos Varios “18 de Mayo”
- CONFIRMAR