Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0523/2016-S1
Fecha: 09-May-2016
II.3.
II.3. El 13 de enero de 2016, Eliana Tejerina Rocha, Fiscal de Materia, formuló imputación formal contra Pánfilo Chambi Coa, ahora accionante, por la presunta comisión de los delitos violación, violación de infante, niño, niña o adolescente, corrupción de niña, niño o adolescente y corrupción agravada, tipificados y sancionados en los arts. 308, 308 bis, 310 inc. h) y 319.1 y 3 del CP, identificándose como víctima a AA de 12 años de edad, solicitando la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva (fs. 25 a 29 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- “El debido proceso es una institución del derecho procesal constitucional que abarca los presupuestos procesales mínimos a los que debe regirse todo proceso judicial, administrativo o corporativo, observando todas las formas propias del mismo, así como los presupuestos normativamente pre-establecidos, para hacer posible así la materialización de la justicia en igualdad de condiciones.
- Toda persona tiene derecho inviolable a la defensa
- Fragmento 18
- i)
- Fragmento 20