SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0523/2016-S1
Fecha: 09-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia presunta vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la defensa, al juez natural y a la presunción de inocencia, por cuanto en apelación de la Resolución que dispuso su detención preventiva, los Vocales demandados dictaron un Auto de Vista que “no es real”, pues únicamente se acogió al art. 23 de la CPE, y al igual que el Juez a quo no consideraron varias pruebas que cursan en el cuaderno procesal, tales como el certificado médico forense que refiere la inexistencia de signos de violencia corporal, pero se lo imputó por violación, basándose el Auto de medida cautelar en las declaraciones del menor y de su madre; la causa se inició imputando a “Máximo NN” a quien la antes indicada señaló le propinó un golpe, pero al día siguiente el accionante es aprehendido y cautelado; afirma que existen evidencias de otras personas que no declararon y en el indetikit fotográfico se incurrió en error en la identificación y “Máximo NN” no está cautelado, sino desaparecido, por lo que al existir duda manifiesta debió aplicarse lo más favorable.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- “El debido proceso es una institución del derecho procesal constitucional que abarca los presupuestos procesales mínimos a los que debe regirse todo proceso judicial, administrativo o corporativo, observando todas las formas propias del mismo, así como los presupuestos normativamente pre-establecidos, para hacer posible así la materialización de la justicia en igualdad de condiciones.
- Toda persona tiene derecho inviolable a la defensa
- Fragmento 18
- i)
- Fragmento 20