SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2016-S2
Fecha: 27-May-2016
denegó
La Sala Civil, Comercial, Familiar, de la Niñez y Violencia Tercera, del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 14/16 de 16 de febrero de 2016, cursante de fs. 309 a 311, denegó la tutela solicitada por Francisco Javier Fernández de Arévalo de la Barreda, decisión asumida bajo el siguiente argumento: El informe presentado por las autoridades demandadas, como por el Director del INRA, que corresponde a que dicha afirmación traída como base fundamental a la presente audiencia, no fue reclamada en el proceso contencioso administrativo, como tampoco en el proceso de saneamiento, de tal manera que el Tribunal no podía ni debía fallar en aspectos que no fueron reclamados o traídos al proceso en su oportunidad; por otra parte, se establece que las imágenes satelitales del predio “La Purísima”, no se encuentran inmersas dentro del área de Bolibras, por lo tanto, sin ello no fue determinante para el Tribunal Agroambiental, toda vez que el nexo mencionado por el accionante, radica fundamentalmente y exclusivamente en la supuesta sobreposición, el Tribunal de garantías, no puede valorar pruebas que en su momento no fueron esgrimidas por el accionante para ser tomadas en cuenta por la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental Nacional, por tal motivo, no es de aplicación ni se encuentra dentro de la protección del art. 128 de la CPE, por no haber delimitado el nexo causal entre lo pedido y lo resuelto por el Tribunal, es decir no basta la mención de la violación de la norma, si esa norma no encuadra con el hecho reclamado, por lo que el Tribunal consideró que no existe ese nexo entre ambas situaciones, determinando que las autoridades demandadas no vulneraron ningún derecho ni garantía constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- debido proceso
- acceso a la justicia
- Fragmento 13
- II.
- III.3. Análisis del caso concreto
- (Régimen de Supletoriedad).
- (Entrega del Dictamen).
- REVOCAR en todo