Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2016-S2
Fecha: 27-May-2016
Fragmento 13
El debido proceso como instituto jurídico y mecanismo de protección de los derechos fundamentales, se constituye en un principio, un derecho y una garantía; es decir, está reconocido por la Constitución Política del Estado en esta triple dimensión: Como derecho fundamental de los justiciables, un principio procesal y una garantía de la administración de justicia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- debido proceso
- acceso a la justicia
- Fragmento 13
- II.
- III.3. Análisis del caso concreto
- (Régimen de Supletoriedad).
- (Entrega del Dictamen).
- REVOCAR en todo