SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2016-S2
Fecha: 27-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, a través de su representante, alega la vulneración de sus derechos y garantías al debido proceso, en sus componentes derecho a la defensa, toda vez que en la sustanciación del proceso contencioso administrativo que instauró contra la RA 0703/2013 de 29 de abril, la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental del Estado Plurinacional, emitió la Sentencia Nacional Agroambiental 38/2015 de 10 de julio, que declaró improbada la demanda contencioso administrativa que interpuso contra el INRA, sin tomar en cuenta el memorial presentado el 22 de junio de 2015, en el que absolvió el traslado y solicitó se declare la nulidad, respecto al Informe Técnico TA-UG 021/2015, es decir dieciocho días antes de que las autoridades ahora demandadas, emitan la Sentencia antes referida, que dejó subsistente la RA 0703/2013, que declaró ilegal la posesión de Francisco Javier Fernández de Arévalo de la Barreda, dentro del proceso de saneamiento simple del predio denominado “La Purísima”, con el argumento de que el Informe de relevamiento de información de gabinete DDSC-COII-1344/2012 de 8 de octubre, que el expediente agrario de dotación presentado, no corresponde al predio objeto de saneamiento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- debido proceso
- acceso a la justicia
- Fragmento 13
- II.
- III.3. Análisis del caso concreto
- (Régimen de Supletoriedad).
- (Entrega del Dictamen).
- REVOCAR en todo