SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0600/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0600/2016-S1

Fecha: 30-May-2016

III.2.  Sobre la excepción al principio de subsidiaridad en esta acción de defensa

La SCP 0249/2015-S2 de 26 de febrero, recogiendo la jurisprudencia emitida en la SCP 0219/2014-S3 de 5 de diciembre, reiterando jurisprudencia anterior refirió: “…el principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional supone que ésta no podrá activarse mientras no se agoten otros medios o recursos legales que permitan la protección del o los derechos de la persona interesada; así lo establecen los arts. 129. I de la CPE y 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo).