Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0606/2016-S2
Fecha: 30-May-2016
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, disponiéndose la nulidad de la Sentencia 05/2015, emitida por la Jueza Jackeline Ruiz Suarez y el Auto Nacional Agroambiental S1ª 52/2015, pronunciado por la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, y en consecuencia, se disponga la restitución inmediata del predio que fuera objeto de lanzamiento en virtud a las resoluciones violatorias de sus derechos constitucionales, emitiéndose una nueva sentencia conforme a derecho, observando la debida fundamentación, motivación y congruencia, como elementos del debido proceso, debiendo tomar en cuenta también los presupuestos legales que deben concurrir para la procedencia de la acción reivindicatoria.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones
- sin embargo, ante la existencia de violación de derechos y garantías previstos en la Norma Suprema, excepcionalmente la justicia constitucional puede ingresar a valorar la actividad desarrollada en miras a brindar tutela
- Fragmento 18
- REVOCAR