DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2016

Fecha: 13-Jun-2016

Artículo 67. (Plan de Ordenamiento Territorial).

Artículo 67. (Plan de Ordenamiento Territorial). El Gobierno Autónomo Municipal tiene la facultad de diseñar el Plan de Ordenamiento Territorial Municipal, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Plan Nacional de Ordenamiento Territorial y en coordinación con el Gobierno Departamental, Organizaciones Territoriales y los Pueblos Indígena Originario Campesinos”.