DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2016

Fecha: 13-Jun-2016

Artículo 78. (Hacienda Pública Municipal).

Artículo 78. (Hacienda Pública Municipal).  Es el conjunto de normas y procedimientos que regulan la administración de los recursos económicos del municipio, en sujeción a los principios, normas y procedimientos emitidos por el órgano rector del nivel central, responsable de las finanzas públicas conforme a la Ley” (las negrillas son nuestras).