DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2016

Fecha: 13-Jun-2016

Fragmento 33

En la DCP 0181/2015, se declaró la incompatibilidad del art. 79 del proyecto de Carta Orgánica original, en razón a que su contenido normativo era contrario al art. 323.II de la CPE; de la revisión del proyecto con adecuaciones, se tiene que dicho artículo fue suprimido; en tal sentido, y en atención a lo establecido en el art. 116 del CPCo, el objeto del control de constitucionalidad de los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional; al haberse eliminado el citado artículo, no existe contenido normativo que confrontar; por lo que, no se realiza el control previo de constitucionalidad.