Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2016
Fecha: 13-Jun-2016
I.1. Contenido de la consulta
Por memorial presentado el 19 de mayo de 2016, cursante a fs. 649 a 650 vta., Teodoro Mayta Oscori Presidente del Concejo Municipal de Corocoro, remitió al Tribunal Constitucional Plurinacional el proyecto adecuado de Carta Orgánica del referido Municipio, solicitando, pronunciamiento sobre los artículos modificados, concerniente a disposiciones normativas declaradas incompatibles mediante la DCP 0181/2015 de 22 de septiembre.
- I.1. Contenido de la consulta
- 14.I
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- Control previo de constitucionalidad
- Sobre el numeral 6
- Sobre los numerales 2, 3, 4, 9 y 10
- Artículo 16°. Procedimiento de Elección de Autoridades Municipales).
- La Concejala o el Concejal designado debe ser del mismo partido político, agrupación ciudadana u organización de la nación o pueblo indígena originario campesino, al cual pertenece la Alcaldesa o el Alcalde; en caso que no hubiese, podrá ser designado cualquiera de las Concejalas o los Concejales
- Artículo 23. (Atribuciones del Concejo Municipal).
- Artículo 27. (Prohibiciones e Incompatibilidades).
- Sobre el parágrafo I
- Sobre el parágrafo II
- por sí mismo o en coordinación con autoridades e instituciones del nivel central del Estado y Departamentales, de acuerdo a normativa Municipal
- Sobre el numeral 27
- Sobre el numeral 36
- Sobre el numeral 38
- Artículo 32. (De la Sub Alcaldesa o Sub Alcalde).
- Artículo 31°. (De la Sub Alcaldesa o Sub Alcalde).
- Artículo 32. (Requisitos para la Designación de las y los Sub-Alcaldes)
- en el municipio
- Artículo 34. (
- Fragmento 25
- Artículo 57°. (Disposiciones Generales).
- Artículo 67. (Plan de Ordenamiento Territorial).
- Artículo 73. (Bienes de dominio público).
- Fragmento 29
- Artículo 78. (Hacienda Pública Municipal).
- Artículo 79°. (Hacienda Pública Municipal).
- Control previo de constitucional
- Fragmento 33
- Artículo 81°. (Ingresos tributarios).
- Artículo 84°- (Recursos económicos por transferencias).
- Artículo 93. (Salud Comunitaria y Medicina Tradicional).
- Artículo 94°. (Salud Comunitaria y Medicina Tradicional).
- Artículo 115°. (Soberanía y Seguridad Alimentaria).
- Artículo 124. (Transporte y Vialidad).
- Artículo 124. (Reforma de la Carta Orgánica).
- Fragmento 41
- Artículo 125°. (Reforma de la Carta Orgánica).
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERO.
- 2°
- 3º