DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2016

Fecha: 13-Jun-2016

La Concejala o el Concejal designado debe ser del mismo partido político, agrupación ciudadana u organización de la nación o pueblo indígena originario campesino, al cual pertenece  la Alcaldesa o el Alcalde; en caso que no hubiese, podrá ser designado cualquiera de las Concejalas o los Concejales

II. El Concejo Municipal designará por mayoría absoluta de votos                      del total de sus miembros, a la Concejala o  Concejal titular y en ejercicio, para que ejerza la suplencia temporal en caso de ausencia o impedimento         el cargo de Alcaldesa o Alcalde. La Concejala o el Concejal designado debe ser del mismo partido político, agrupación ciudadana u organización de la nación o pueblo indígena originario campesino, al cual pertenece  la Alcaldesa o el Alcalde; en caso que no hubiese, podrá ser designado cualquiera de las Concejalas o los Concejales.