DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2016

Fecha: 13-Jun-2016

Fragmento 29

En la DCP 0181/2015, se declaró la incompatibilidad de los arts. 72, 73, 74, 75 y 76 del proyecto de Carta Orgánica original, en razón a que su contenido normativo era contrario al art. 339.II de la CPE; de la revisión del proyecto con adecuaciones, se tiene que dichos artículos fueron suprimidos; en ese antecedente, y en atención a lo establecido en el art. 116 del CPCo, el objeto del control de constitucionalidad de los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Ley Fundamental y garantizar la supremacía constitucional; al haberse eliminado los citados artículos, no existe contenido normativo que confrontar; por lo que, no se realiza el control previo de constitucionalidad.