Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2016-S3
Fecha: 09-Jun-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante mediante su representante ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional; y ampliándolos señaló que: Los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia demandados concluyeron directamente que la obligación de la contribuyente se encontraba en pagar el impuesto al gas natural comprimido, al encontrarse vigentes las alícuotas; empero, las mismas no fueron aprobadas por autoridad competente en el tema de hidrocarburos, quien debía calcular y publicar las nuevas alícuotas, empero insisten en que estaban vigentes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerado
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.1.
- II.2.5.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- que los efectos del acto ilegal o indebido que denuncia hubieran recaído directamente en un derecho fundamental suyo
- implica que debe existir una relación directa entre el recurrente y el derecho que se invoca como violado, en función del interés personal que tiene quien pide el Amparo
- se tendrá legitimación activa cuando un sujeto jurídico determinado - sujeto activo - se encuentre en la posición que fundamenta la titularidad de la acción, en ese sentido, tendrá legitimación activa quien sea titular de uno de los derechos fundamentales o garantías constitucionales establecidas en la Constitución Política del Estadoʼ
- III.2. Análisis del caso concreto
- siendo este el que debe cumplir con las obligaciones tributarias
- Karina Ivonne Marañón Caero
- CONFIRMAR