SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2016- S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2016- S1

Fecha: 15-Jun-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión de violencia familiar, se encontraba cumpliendo las medidas sustitutivas a la detención preventiva, cuando el 4 de marzo de 2016, el Ministerio Público, presentó acusación formal, que causó -a su criterio- que la Jueza Primera de Instrucción en lo Penal Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer del departamento de Santa Cruz  ̶ ahora demandada ̶ , pierda competencia. Añadió que, el plazo legal para remitir obrados ante el Juez Primero de Sentencia Penal Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer del mismo departamento (ahora demandado), se cumplía el 7 de marzo de 2016 a horas 10:47; empero, la Jueza codemandada, incumplió dicho término y además celebró la audiencia de revocación de las medidas sustitutivas, determinando tal extremo, sin que el accionante estuviera presente para asumir defensa contradiciendo jurisprudencia constitucional contenida en las SSCC 0547/2002-R, 1521/2002-R, 0261/2003-R, 0521/2003-R, 0660/2003-R y 0760/2003-R. En dicho contexto, señaló que debió declararse su rebeldía y no así con la revocatoria.