SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2016- S1
Fecha: 15-Jun-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, por medio de su representante sin mandato, acusó la lesión de sus derechos a la libertad, “legalidad”, debido proceso y defensa; toda vez que, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de violencia familiar, se encontraba cumpliendo las medidas sustitutivas a la detención preventiva, cuando el Ministerio Público, el viernes 4 de marzo de 2016, presentó la acusación formal, que causó -a su criterio- que la Jueza Primera de Instrucción en lo Penal Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer del departamento de Santa Cruz, ̶ ahora demandada ̶ , pierda competencia. Añadió que, el plazo legal para remitir obrados ante el Juez Primero de Sentencia Penal Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer del mismo departamento (ahora demandado), se cumplía el 7 de igual mes y año a horas 10:47; empero, la Jueza codemandada, incumplió dicho término y además celebró la audiencia de revocatoria de las medidas sustitutivas, determinando tal extremo, sin que estuviera presente, para asumir defensa. En dicho contexto, debió declararse su rebeldía y no así proceder con la revocatoria.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- cuando el afectado previo a interponer este medio de defensa, tiene a su alcance otras vías ordinarias o medios idóneos de impugnación
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregirla arbitrariedad denunciada
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa para restituir el derecho a la libertad vulnerado
- Fragmento 17
- es el medio idóneo para impugnar
- recurso de apelación incidental como un medio de impugnación a las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares,
- III.4. Análisis del caso concreto
- son las autoridades encargadas de precautelar el desarrollo de los procesos,
- CONFIRMAR