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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2016-S1

    Fecha: 23-Jun-2016

    II.1.

    II.1.    El 10 de julio de 2014, Herland Rojas Vidal, presentó incidente de desincautación de bienes, ante lo que el Juez Sexto de Instrucción Penal y cautelar del departamento de Santa Cruz, mediante decreto de 11 de ese mes y año, paso dicha solicitud en traslado a las partes a objeto de que las mismas contesten en el plazo de tres días (fs. 83 a 85).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.2.
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • Fragmento 19
    • inmediatez
    • en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho.
    • Fragmento 22
    • III.4. Análisis en el caso concreto
    • REVOCAR

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