SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2016-S3

Fecha: 17-Jun-2016

III.3. Análisis del caso concreto

         La problemática central de la presente acción tutelar es la falta de fundamentación, motivación y valoración probatoria en el Auto de Vista 110/2016 de 15 de marzo pronunciado por los Vocales ahora demandados, y el Auto de 3 de igual mes y año, dictado por el Juez codemandado, habiéndose confirmado la detención preventiva dispuesta por este último fallo, sin que se acredite la concurrencia de los requisitos exigidos por el art. 233 del CPP.

Con carácter previo a ingresar al análisis del presente caso, es necesario aclarar que, concurriendo varios sujetos procesales dentro el proceso ordinario de origen, la resolución respecto a la problemática planteada se encuentra circunscrita en el marco de los supuestos fácticos descritos por Ángel Oscar Villarroel Díaz -hoy accionante-, en esta razón los efectos de la presente se limitan al nombrado.

Asimismo, cabe establecer que el análisis se realizará a partir de la Resolución de alzada, ello debido a que son los Vocales demandados los llamados a revisar de acuerdo a los principios de pertinencia y congruencia las resoluciones emitidas por los jueces en primera instancia, marco dentro del cual corresponde pronunciarse sobre la Resolución pronunciada por el Tribunal de alzada, pues es a través de esta que se deben analizar los supuestos de vulneración de derechos fundamentales en que pudieran haber incurrido los jueces cuya resolución se conoce en apelación.

En ese sentido, de obrados consta que el accionante planteó recurso de apelación contra el Auto de 3 de marzo de 2016, mereciendo el pronunciamiento de los Vocales demandados a través del Auto de Vista 110/2016, el cual en su segundo Considerando admitió dicho recurso respecto al accionante, previa compulsa del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en el procedimiento penal.