Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0739/2016-S3
Fecha: 29-Jun-2016
II.6.
II.6. Por informe presentado el 2 de octubre de 2015, emitido por el Inspector del Trabajo, señaló que el 31 de agosto del citado año, se constituyó en las instalaciones de la Empresa, en la cual los responsables de la misma, le informaron que no existe ninguna tercería o agencia de empleo y que el contratista, Leoncio Tapia Hinojosa era una persona diligenciera de trámites meramente ajenos a la Empresa y de acuerdo a planillas, se verificó que este no tiene relación obrero patronal con la mencionada Empresa (fs. 17).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- Fragmento 5
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así:
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR