Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2016-S3
Fecha: 29-Jun-2016
primer motivo
En el primer motivo de su recurso de casación, reclamó precisamente el hecho de que los Vocales desobedecieron la doctrina legal y jurisprudencial inmersa en el AS 229/2014-RRC (que ordenó una mejor fundamentación del Auto de Vista recurrido); sin embargo, este motivo nunca fue resuelto por el Tribunal Supremo de Justicia, incurriendo las autoridades demandadas, en incongruencia omisiva por ausencia de debida fundamentación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- primer motivo
- segundo motivo,
- tercer motivo
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- solo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR