SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2016-S3
Fecha: 29-Jun-2016
segundo motivo,
Así también con relación al segundo motivo, el Tribunal de alzada a tiempo de resolver su recurso de apelación restringida no ejerció la facultad de control y verificación de la correcta motivación de la Sentencia, toda vez que el Tribunal de Sentencia Penal para condenarlo utilizó un elemento de prueba (vello púbico encontrado en la prenda higiénica de la víctima) que nunca se incorporó a juicio como tal, tan es así que los Vocales suscribientes del Auto de Vista recurrido en casación lo reconocen, lo que evidencia que el Tribunal de apelación incurrió en un grave error judicial.
La denuncia inmersa en su recurso de casación fue clara al señalar que no podía de ninguna manera valorarse esa prueba porque nunca fue introducida a juicio oral como elemento probatorio y menos podía servir como argumento para condenarlo por el delito de asesinato, pues, aún si la misma hubiera sido introducida a juicio, podría tener relevancia en delitos contra la libertad sexual, pero de ninguna manera demostraría que su persona fue autor del delito de asesinato, siendo absolutamente insuficiente.
Al efecto, invocó como precedente contradictorio el AS 152/2013-RRC de 31 de mayo; sin embargo, para resolver dicho motivo, el Tribunal Supremo incurrió en incongruencia omisiva porque no explicó de manera fundada cual fuere el elenco probatorio valorado que determine la autoría y participación de su persona en el delito de asesinato.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- primer motivo
- segundo motivo,
- tercer motivo
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- solo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR