SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2016-S3
Fecha: 29-Jun-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 10 de junio de 2014, se interpuso demanda de nulidad de la escritura pública 665/2008 de 30 de junio, sobre préstamo de dinero con garantía hipotecaria, misma que constituye base de un proceso coactivo civil que se sigue en el Juzgado Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba; por tal motivo, se apersonó reiteradamente al referido Juzgado a efecto que se suspenda el desapoderamiento del inmueble objeto de litis, mientras no se resuelva la demanda de nulidad planteada; sin embargo, la autoridad judicial demandada negó todo memorial presentado por su parte, además de su intervención en calidad alguna, al contrario, emitió Resolución de 9 de septiembre de 2015, por la cual decretó la emisión del mandamiento de desapoderamiento sobre el bien en el que recae la citada demanda de nulidad, motivo por el que interpuso inmediatamente un incidente de suspensión provisional de ejecución de sentencia, al estar pendiente la demanda de nulidad parcial de la escritura base del proceso coactivo civil, pero dicho incidente fue rechazado por Resolución del 15 del citado mes y año; por lo tanto, se rechazó también la solicitud de suspensión del desapoderamiento, vulnerando de esta manera sus derechos constitucionales, además de no darse cumplimento a la línea jurisprudencial vinculante y de no respetarse su derecho legítimo a la defensa como el oponerse a un proceso.
Por otro lado, paralelamente a los procesos citados supra, interpuso una demanda de usucapión sobre el inmueble en cuestión, la cual “a la fecha” se encontraría para sentencia y que en el futuro -señaló esta- constituirá su derecho propietario sobre el mismo, resaltando el hecho que dentro de este proceso se estableció la medida precautoria de no innovar.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando opera la subsidiariedad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR