Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2016-S3
Fecha: 29-Jun-2016
II.4.
II.4. El 21 de octubre de 2015, los incidentistas, Wendel Natán, Liz Juana y Rossío Estela Henry Alvarado, así como Juana Alvarado Calustro -hoy accionante- interpusieron recurso de apelación contra la Resolución de 15 de septiembre de 2015 (fs. 309 a 311), el cual fue concedido por Auto de 30 de igual mes y año (fs. 313).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando opera la subsidiariedad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR