SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2016-S3

Fecha: 29-Jun-2016

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Pedro Quiroga Acosta, Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba, por informe presentado el 12 de febrero de 2016, cursante de fs. 153 a 154 vta., alegó que junto a sus hijos, la accionante tuvo participación como tercera interesada en el proceso coactivo civil e hizo uso de este derecho en varias oportunidades, contando con resoluciones de rechazo de su intervención, mismas que se encuentran ejecutoriadas y pasadas en autoridad de cosa juzgada, por lo que no tenía sentido tratar de mantenerse activo en la ejecución del proceso, razón por la que legalmente correspondía el rechazo “in límine” de su pedido; por otro lado, se deberá tomar en cuenta que dentro del proceso ordinario de nulidad de escritura pública se trabará la relación procesal, situación que no puede tener incidencia sobre la ejecución del proceso coactivo civil; de igual manera, a raíz de la suspensión de la ejecución del desapoderamiento del inmueble objeto de litis, se plantearon varias acciones de amparo constitucional ante distintas Salas del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, la cuales fueron rechazadas.