Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2016-S3
Fecha: 29-Jun-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante ratificó su acción de amparo constitucional, señalando que pretende la protección de sus derechos a la tutela efectiva y de acceso a la justicia con relación a la seguridad jurídica; por otra parte, refirió que los terceros interesados tratan de desvirtuar la legitimación pasiva respecto al Juez demandado, cuando es evidente su existencia; asimismo, el tercero interesado -refiriéndose a Reinaldo Mercado Uribe- señaló que son más de ocho años que no puede ingresar a su propiedad; es decir, al inmueble que adquirió mediante remate, pero no se tomó en cuenta que existe un litis consorcio, una asociación delictiva que consumó su fin con el remate del inmueble que le pertenece.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando opera la subsidiariedad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR