SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0747/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0747/2016-S3

Fecha: 29-Jun-2016

De lo anterior se tiene que si bien la incidentista que deduce la extinción de la acción penal por prescripción no corresponde

Todos los argumentos antes mencionados fueron expuestos ante el Juez codemandado, sin embargo, su único fundamento para rechazar la prescripción fue: “De lo anterior se tiene que si bien la incidentista que deduce la extinción de la acción penal por prescripción no corresponde” (sic), conclusión ligera de razonamiento y que marca el primer agravio sufrido en cuanto a la falta de motivación de esa Resolución, pues no se resolvió lo pedido y se limitó a un corto análisis de dos líneas, incumpliendo lo dispuesto por el art. 124 del CPP.