Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0108/2016 de 10 de agosto, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0108/2016 de 10 de agosto, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 10-Ago-2016

Artículo 38.- (DE LA MADRE TIERRA).

La madre tierra generadora de recursos naturales en el Municipio Autónomo de Uncía, a la que debemos cuidarla, protegerla, valorarla, respetarla, por esta razón las Autoridades del Gobierno Municipal Autónomo de Uncía, en coordinación con las autoridades originarias de los distritos municipales indígenas, desarrollarán las siguientes políticas públicas, sobre recursos naturales, agro-biodiversidad, fauna, flora, suelo y recursos forestales: