SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0651/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
II.1.
II.1. De la lectura del Acta de Audiencia de Proceso Oral y Público de 7 de abril de 2015, seguido en contra del accionante por la presunta comisión de las faltas disciplinarias antes mencionadas, se advierte que el abogado del mismo, interpuso en un primer momento incidente de cosa juzgada, por existir desistimiento a su favor, el cual fue rechazado por el Tribunal Disciplinario Policial de Santa Cruz en audiencia. Posteriormente, se observa que la Presidenta de dicho Tribunal, otorgó la palabra al Fiscal y al abogado de la defensa para presentar sus respectivas pruebas, en cuya virtud aconteció lo siguiente:
ABOGADO (Abog. Flores).- gracias Sra. Presidenta pido a su autoridad que se judicialicen las fojas que cursan en el cuaderno de investigación pudo a su autoridad que se judicialice las fojas 34, 40, 41, 42, 43, pido que se judicialicen estos memorándum para que en su valoración se lance como atenuante así a mi defendido Sra. Presidenta.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.3.
- CONFIRMAR en todo