SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2016-s2
Fecha: 08-Ago-2016
CONFIRMAR en todo
Por lo expuesto, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 44.1 del Código Procesal Constitucional, en revisión resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución 14/2016 de 10 de marzo, pronunciada por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada en cuanto al derecho al debido proceso en su componente de fundamentación y congruencia, en los mismos alcances concedidos por el Tribunal de garantías, debiendo la autoridad demandada emitir nueva resolución respetando la debida fundamentación y congruencia en base a los argumentos expuestos.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- III.2. De la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones como elementos del debido proceso
- III.3. Del derecho al debido proceso en su elemento a la debida fundamentación, motivación y congruencia en las decisiones de las autoridades jurisdiccionales o administrativas
- III.4. Análisis del caso concreto
- VERÓNICA TELLERÍA R.”
- CONFIRMAR en todo