Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2016-s2
Fecha: 08-Ago-2016
II.8.
II.8. Por Resolución Final Disciplinaria de Segunda Instancia DNP/TA N° 001/2016 de 25 de enero, Ana María Pérez Rodríguez, Directora a.i. de la Dirección del Notariado Plurinacional, resolvió revocar totalmente la Resolución Final MLC-SD N. 003/2015; en consecuencia, declaró probada la denuncia interpuesta por Miguel Ángel Tellería Rojas contra Henry Maurice Nowak Fernández, por la comisión de faltas disciplinarias graves previstas en los inc. f) y m) del art. 105 de la Ley del Notariado Plurinacional imponiéndole una sanción de suspensión temporal de doce meses (fs. 9 a 12).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- III.2. De la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones como elementos del debido proceso
- III.3. Del derecho al debido proceso en su elemento a la debida fundamentación, motivación y congruencia en las decisiones de las autoridades jurisdiccionales o administrativas
- III.4. Análisis del caso concreto
- VERÓNICA TELLERÍA R.”
- CONFIRMAR en todo