Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2016-s2
Fecha: 08-Ago-2016
II.3.
II.3. Por nota de 6 de noviembre de 2015, dirigida a Miguel Ángel Limpias Camacho, Sumariante Disciplinario de la Dirección del Notariado Plurinacional, Miguel Ángel Tellería Rojas, se ratificó en la denuncia interpuesta el 31 de agosto del mismo año, ante la Ministra de Justicia, contra Henry Maurice Nowak Fernández, Notario de Fe Pública 6 del Distrito Judicial de La Paz, aportando mayores pruebas que demuestran que no se hicieron presentes donde el referido notario (fs. 96 a 98 vta.).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- III.2. De la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones como elementos del debido proceso
- III.3. Del derecho al debido proceso en su elemento a la debida fundamentación, motivación y congruencia en las decisiones de las autoridades jurisdiccionales o administrativas
- III.4. Análisis del caso concreto
- VERÓNICA TELLERÍA R.”
- CONFIRMAR en todo