SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

Fragmento 6

Teodoro Saravia Martínez, Jefe de Recursos Humanos del Gobierno Autónomo Municipal de Camiri, autoridad codemandada, en audiencia manifestó que: a) Si bien su persona ha intervenido directa o indirectamente en este proceso, no tendría razón de ser, si bien se reclama derechos estos deben estar sustentados en normas y leyes, sobre ello el art. 104 de la LGT, establece que los funcionarios públicos no tienen derecho a sindicalizarse, existen resoluciones y conminatorias, “éstas serían nulas no causarían derecho y favorecería a la institución pues no se podría estar en contra de la institución”, y finalmente que la Constitución Política del Estado está por encima de la Ley General del Trabajo; b) Finalmente, sostuvo que no fue notificado con ninguna conminatoria de la Jefatura Departamental del Trabajo, con las pruebas no se habría notificado a los demás demandados, solo al Alcalde Municipal, por lo que pide se deniegue la tutela.