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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2016-S2

    Fecha: 08-Ago-2016

    II.4.

    II.4.    La RA 088/14 de 2 de julio de 2014, que en su parte resolutiva dispone reconocer al Directorio del Sindicato de Trabajadores Municipales de Camiri, quienes fueron elegidos por las gestiones 2014 a 2016, formando parte de la Directiva, Lilibeth Sotelo Gallardo como Secretaria de Conflictos (fs. 3 a 4).

    • acción de amparo
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • Fragmento 6
    • concedió en parte
    • II.4.
    • II.3.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.5.
    • II.1.
    • II.9.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de amparo constitucional. Su configuración
    • III.2.  El derecho a la libertad sindical y el fuero sindical
    • III.3.  Marco constitucional y normativo del derecho al fuero sindical
    • Artículo 51
    • ARTICULO UNICO.
    • Consecuentemente, se puede establecer que el fuero sindical es aquel conjunto de medidas destinadas a brindar protección a todos aquellos que conforman un sindicato contra cualquier acto que pueda constituir un perjuicio a su normal desarrollo en la actividad sindical y comprende la prevención, el control y la reparación de los actos antisindicales’.
    • III.4.  Necesidad de interpretar desde y conforme a la Constitución Política del Estado los alcances de protección del fuero sindical
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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