SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

Fragmento 32

En consecuencia, bajo dichos razonamientos, en la presente acción de amparo constitucional, no es posible dilucidar la no cancelación del subsidio de frontera, sus vacaciones y la falta de pago o la realización de los aportes correspondientes a la AFP, ya que el establecimiento o reconocimiento de los mismos constituye una labor propia de la jurisdicción laboral ordinaria a través de sus instancias reconocidas por ley.