SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

II.1.

II.1.    Por memorándum Coop. Agrop. 1° Sept -031/2009 de 19 de agosto, Abraham Rueda, ahora accionante, fue contratado para desempeñar como peón desde el 19 de agosto de 2009 hasta la finalización de la gestión azucarera, de igual forma por memorándum Coop. Agrop- 1° Sept- 173/2010 de 1 de junio, se determinó su contratación para desempeñar como peón hasta el 20 de noviembre de ese año, asimismo, se evidencia varios contratos de trabajo individual de 1 de diciembre de 2010 a 28 de febrero de 2011, de 16 de mayo a 30 de octubre de 2011, de 15 de enero a 31 de diciembre de 2013, de 6 de enero a 31 de diciembre de 2014, de 16 de marzo a 31 de diciembre de 2015, para labores como peón dentro de la Cooperativa Agropecuaria “1 de septiembre Bermejo Ltda.” (fs. 56 a 63).